POLÍTICA INTEGRADA DE GESTIÓN


TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, empresas dedicadas al Servicio de Transporte de carga terrestre Nacional e Internacional con calidad, se comprometen a destinar recursos y trabajar en la identificación de peligros, en la evaluación y valoración de los riesgos y el establecimiento de controles, en proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores y trabajadoras, mediante la mejora continua del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo en la empresa y cumplir con la normatividad Nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales, prevención de lesiones, deterioro de la salud, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, daños a la propiedad e impacto socio ambiental, la protección y prevención de aspectos adversos al medio ambiente, el cambio climático, la prevención de la contaminación, la reducción de posibilidades de ser utilizados para actividades ilícitas, corrupción y soborno, la prevención de daños que se puedan causar a la propiedad pública y privada de las partes interesadas, la eliminación de peligros y reducir riesgos para el SG- SST, con el fin de satisfacer las necesidades los trabajadores y trabajadoras, clientes y demás partes interesadas, Promocionando de tal manera condiciones de trabajo seguras y saludables, además promueve la prevención del abuso laboral, prevención del acoso sexual laboral, prevención de la violencia de género, discriminación, trabajo forzoso y el trabajo infantil con el fin de mejorar continuamente, mediante la prestación de un servicio seguro y eficaz.

TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, Esta política será revisada como mínimo una vez al año, deberá mantenerse actualizada según todos los cambios que se presenten en materia de seguridad y salud en el trabajo y demás requisitos aplicables, como en la organización, así mismo, será difundida a todos los niveles de la organización y estará accesible a todos los trabajadores, contratistas, visitantes, proveedores y demás partes interesadas, en el lugar de trabajo para su implementación y participación.



POLÍTICA NO ALCOHOL, DROGAS Y TABAQUISMO


TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, en su interés y compromiso con el desarrollo del bienestar integral de sus trabajadores y Contratistas quienes contribuyen a su misión Institucional a través de la participación e interacción y el compromiso de la gerencia y quienes otorgan los recursos necesarios orientados a la cultura de la Promoción y prevención, busca que se garanticen óptimas condiciones de trabajo como contribución a un estado de vida saludable.

1. El uso, almacenamiento (excepto cuando estas sean prescritas en actividades propias de la empresa ), posesión, distribución, consumo o venta de sustancias psicoactivas, bebidas alcohólicas, energizantes (condicionalmente) o sustancias prohibidas, que generen dependencia dentro de las instalaciones o lugares de desarrollo de las actividades laborales de la empresa, así como en el desarrollo de las actividades laborales de los trabajadores y Contratistas cuyo consumo afecte de manera directa el desempeño laboral del trabajador, está expresamente prohibida.
2. Los trabajadores que estén tomando cualquier medicamento prescrito que pueda interferir o alterar sus habilidades para ejecutar en forma segura y eficiente su labor deberán reportarlo anticipadamente a su jefe inmediato.
3. El consumo de cigarrillo, de tabaco y sus derivados en las instalaciones, o lugares de desarrollo de las actividades laborales de la empresa está expresamente prohibida.
4. TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, a través de su representante legal o quien este delegue, se reserva el derecho de realizar pruebas de alcoholemia y/o de consumo de drogas ilícitas, sustancias prohibidas, control de pruebas no invasivas o de convocar a terceros para que las hagan, en situaciones en que un trabajador y/o contratista esté envuelto en algún accidente y/o presente características o actitudes sospechosas. Igualmente podrá ordenarle que se retire de las instalaciones de TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, cuando a juicio de la misma, el estado del trabajador ponga en peligro su seguridad, la de sus compañeros de trabajo, aprendices o las instalaciones o equipos de la empresa; la negativa ante la realización de la prueba podría ocasionar la terminación unilateral del contrato de trabajo, de comprobarse que la ingesta de sustancias psicoactivas, bebidas alcohólicas, o sustancias prohibidas afecte de manera directa el desempeño laboral del trabajador y/o contratista dará lugar a la terminación unilateral del contrato con justa causa conforme a lo establecido en el artículo 62, numeral 6 del código sustantivo del trabajo.

La realización de las pruebas de detección de consumo de alcohol, drogas o sustancias prohibidas podrá realizarse de la siguiente manera:

Pruebas Sorpresivas: Se realizarán al personal en su puesto de trabajo (oficina - vehículo) en cualquier momento de la jornada laboral y en horas de trabajo.
Verificaciones aleatorias planeadas: Consiste en la realización de pruebas al ingreso de las instalaciones de TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS.
Presunción razonable: Cuando existe información o causas justificadas, como son los signos de deterioro físico o mental (comportamiento inadecuado e inexplicable) o con aliento alcohólico (halitosis), lenguaje farfullante, inestabilidad o desequilibrio psicomotor, ojos rojos, incoherencia.
Análisis post - accidente: A trabajadores involucrados en accidentes de trabajo o incidentes viales, esta prueba será realizada por la empresa o por agentes de tránsito autorizados.
Esta política será revisada como mínimo una vez al año, deberá mantenerse actualizada según todos los cambios que se presenten en materia de seguridad y salud en el trabajo, como en la organización, así mismo, debe ser difundida a todos los niveles de la organización y estar accesible a todos los trabajadores, contratistas, visitantes, proveedores y demás partes interesadas, en el lugar de trabajo



POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE ACOSO LABORAL


TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, y sus trabajadores están comprometidos a proporcionar un ambiente de trabajo sano, seguro y adecuado. Implementando mecanismos que prevengan y controlen el acoso laboral, contando con la participación de los socios, trabajadores, clientes y proveedores.

Para la empresa, es prioritario propender por un trato cortés, respetuoso y digno de las personas, en aras de crear y mantener un ambiente laboral propicio para el desarrollo de las tareas que corresponden a la empresa, a la vez que se busca el impulso a la autorrealización de los trabajadores.

La empresa se compromete a prevenir las conductas del acoso laboral y a defender el derecho de todos(as) los(as) trabajadores(as) para ser tratados con dignidad en el trabajo, con el propósito de asegurar que todos los empleados de esta organización tengan un entorno de trabajo en el que la dignidad de la persona sea respetada, se rechaza de raíz el acoso laboral, en todas sus modalidades y formas, sin primar quién sea la víctima o el ofensor, ni cuál sea su rango jerárquico.

Los jefes de área de esta organización, fomentarán la exclusión de cualquier tipo de hostigamiento entre las posibles conductas, tanto de dirigir a los(as) trabajadores(as) como de relación de estos entre sí. Se facilitará e impulsará todas las acciones encaminadas a la prevención del acoso laboral, ya que redundarán en una mejora del clima laboral y de la cultura preventiva con el consiguiente incremento del rendimiento de las capacidades de las personas.

Cualquier persona involucrada en un comportamiento de hostigamiento será sujeta a investigación de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente, procedimientos y sus respectivas medidas disciplinarias.

Esta política será revisada como mínimo una vez al año, deberá mantenerse actualizada según todos los cambios que se presenten en materia de seguridad y salud en el trabajo, como en la organización, así mismo, debe ser difundida a todos los niveles de la organización y estar accesible a todos los trabajadores, contratistas, visitantes, proveedores y demás partes interesadas, en el lugar de trabajo.



POLÍTICA DE SEGURIDAD VIAL


TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, se compromete a prevenir y controlar, los peligros y riesgos que puedan afectar a nuestros empleados, contratistas, la comunidad en general, la propiedad, la carga transportada y el medio ambiente, por ello establece:

• Cumplir con la reglamentación establecida, especificaciones técnicas y otras suscritas por la organización, para el Tránsito y Transporte de carga Terrestre a nivel Nacional e internacional.
• Realizar el mantenimiento preventivo y correctivo con el objeto de mantener un desempeño óptimo de nuestros vehículos y/o equipos, vigilando que nuestros contratistas cumplan con esta premisa.
• Respetar los horarios establecidos para el tránsito y el transporte de cargas, dentro de los cuales se incluye el tiempo de pausas para evitar la fatiga y cansancio de nuestro personal.
• Asegurar que los conductores, operadores y/o terceros que estén al servicio de nuestra empresa cumplan con las competencias requeridas y concientizarlos hacia el respeto por los otros usuarios de la vía, cuidado de la carga transportada, buscando la adopción de conductas proactivas, de cortesía, autocuidado y prevención de incidentes de tránsito.
• Ser participes de la prevención de accidentes viales que puedan afectar a la comunidad, medio ambiente y a la organización.

La presente política aplica para todos los conductores directos de TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, contratistas, afiliados y demás que se encuentren involucrados en nuestros procesos y/o que conduzcan o transiten dentro o fuera de la organización.



POLITICA DE SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACION


TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, Nos comprometemos a proteger la información confidencial y los derechos de propiedad de nuestros clientes, por medio de procedimientos que garanticen la protección de los elementos físicos y electrónicos con los que cuenta la empresa, con acceso restringido a nuestras instalaciones y soporte informático el cual es personal independiente, imparcial e intransferible.



POLITICA DE DESCONEXIÓN LABORAL


TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, para dar cumplimiento con lo establecido en la Ley 2191 de 2022, crea su Política de Desconexión Laboral, la cual está alineada al compromiso, para que exista un balance entre la vida laboral y familiar esta política aplica a todos los trabajadores y trabajadoras, contratistas, proveedores, practicantes y terceros que interactúan con la empresa en cualquier modalidad laboral. Entiéndase la desconexión laboral, como el derecho que tienen a no tener contacto, por cualquier medio o herramienta, bien sea tecnológica o no, para cuestiones relacionadas con su ámbito o actividad laboral, en horarios por fuera de la jornada ordinaria o jornada máxima legal de trabajo, o convenida, ni en sus vacaciones o descansos. Para tal fin, la política responderá a los siguientes compromisos: • Establecer los mecanismos mediante los cuales se garantiza y ejerce el derecho a la desconexión laboral, considerando el adecuado uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. • Garantizar los mecanismos y medios para todo el personal, puedan presentar a nombre propio o de manera anónima las quejas frente a la posible vulneración de este derecho por parte de funcionarios de las empresas, La presente política está dirigida a establecer los parámetros de desconexión laboral de todos empleados/das, independientemente del tipo de vinculación laboral, con excepción de: • Los trabajadores que desempeñen cargos de dirección, confianza y manejo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley 909 de 2004 y en los conceptos proferidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública. • Aquellos que por la naturaleza de la actividad o función que desempeñan deban tener una disponibilidad permanente, como, por ejemplo, organismos de socorro o brigadas de emergencia.



POLITICA DE PREVENCION DE LA VIOLENCIA DE GENERO


TRANSPORTE SANTANDEREANA DE CARGA - SANCARGA SAS, es un deber prevenir, detectar, atender y sancionar cualquier forma de violencia de género y acoso sexual, promoviendo un entorno laboral inclusivo, seguro y respetuoso, en cumplimiento de la normativa vigente en Colombia. Esta política aplica a todos los trabajadores y trabajadoras, contratistas, proveedores, practicantes y terceros que interactúan con la empresa en cualquier modalidad laboral y busca evitar la violencia de genero y el acoso sexual en cualquier forma en sus empresas por lo tanto toma como Principios Rectores Cero Tolerancia: No se permitirá ningún tipo de acoso o violencia en la empresa. Igualdad y No Discriminación: Garantizamos igualdad de trato y oportunidades sin importar género, identidad sexual u orientación. Confidencialidad: Las denuncias y procedimientos se manejarán con discreción para proteger la privacidad de las partes. Debida Diligencia: Todas las quejas serán atendidas de manera oportuna, justa y transparente. Enfoque Preventivo: Fomentaremos una cultura organizacional basada en el respeto y la igualdad mediante campañas y capacitaciones. En casos de acoso sexual o situaciones graves, la denuncia será remitida a la Fiscalía o al Ministerio del Trabajo.